Los cambios en la TIGIE que debes conocer para cerrar el año

La Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE como se conoce comúnmente) se ha actualizado, pues se expidió una nueva versión en la publicación del Diario Oficial de la Federación el pasado 1° de julio de 2020, de conformidad con la 6ª Enmienda de la Organización Mundial de Aduanas, en la cual se cambian distintas clasificaciones de mercancías de comercio exterior así como fracciones arancelarias y se crean los números de identificación comercial (NICOs), para adicionar 2 dígitos más a la clasificación de estas mercancías que antes se conformaba de solo 8 dígitos.

 

Lo anterior ha generado un gran impacto en los Acuerdos y Decretos sobre regulaciones que identifican a las mercancías de comercio exterior en términos de sus fracciones arancelarias.

 

De igual forma, la parte práctica de estas regulaciones también se ha visto impactada, toda vez que las regulaciones y restricciones no arancelarias en materia de comercio exterior, como permisos o avisos de importación, se otorgan a mercancías identificadas conforme a su fracción arancelaria.

 

Esto implica, que para poder implementar esta nueva versión de la TIGIE, las dependencias de la Administración Pública Federal deberán conformar los instrumentos públicos que hacían referencia a las versiones anteriores para brindar mayor claridad y certidumbre jurídica a los actores del comercio exterior.

 

Por ello, nos parece importante enlistar los cambios que actualmente están previstos (además de la propia entrada en vigor de la Nueva TIGIE 2020 el próximo 28 de diciembre):

 

  1. Operaciones de comercio exterior. Los cambios operativos de la LIGIE respecto a trámites relacionados con comercio exterior, se dieron a conocer a través del oficio número 414.2020.3324 de fecha 26 de noviembre de 2020, emitido por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad de la Secretaría de Economía.

 

A través de este oficio se emiten diversas consideraciones respecto a la operación de las autorizaciones vigentes expedidas por la Secretaría de Economía conforme a la LIGIE 2012, incluyendo trámites de la VUCEM como permisos de importación y de exportación, avisos automáticos de importación, registros de productos elegibles, registro como empresa de la frontera, certificados de origen, los relativos a Programas de Fomento, cupos, así como otros trámites fuera de VUCEM como permisos, avisos, otros certificados de origen, Drawback y cumplimiento de normas oficiales mexicanas.

 

  1. Proyectos de Reformas. Existen actualmente diversos proyectos de modificaciones, algunos de los cuales aún se están revisando en la CONAMER, y que si bien no se han publicado en el Diario Oficial de la Federación, ya cuentan con fecha de entrada en vigor, por lo que es importante conocerlos a fin de que puedan realizar los ajustes correspondientes con anticipación en caso de que se publiquen un día antes o en su fecha de entrada en vigor.
    1. Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el Apoyo de la Competitividad de la Industria Automotriz Terminal y el Impulso al Desarrollo del Mercado Interno de Automóviles, el Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importación para la Región Fronteriza y La Franja Fronteriza Norte, y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, y se establecen diversos aranceles-cupo (Decreto General). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020 para armonizar la TIGIE publicada el 1 de julio de 2020 con los diversos Decretos de modificación a la TIGIE, publicados durante 2019 y 2020, a fin de mantener las medidas establecidas a través de dichas publicaciones.
    2. Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX). Se armonizarán diversas fracciones arancelarias y se integran adecuaciones para la correcta implementación del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América y Canadá (TMEC). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020.
    3. Anteproyecto del Acuerdo que establece los bienes de Uso Dual, Software y Tecnologías cuya Exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Economía (SE). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, con excepción de las mercancías y fracciones que se hayan adicionado, para las cuales entrará en vigor el 18 de enero de 2021. Con su entrada en vigor, se abroga el Acuerdo por el que se sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía la exportación de armas convencionales, sus partes y componentes, bienes de uso dual, software y tecnologías susceptibles de desvío para la fabricación y proliferación de armas convencionales y de destrucción masiva, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2011, y sus modificaciones posteriores.
    4. Acuerdo que modifica al diverso por el que se sujeta a Permiso Previo la Exportación de Azúcar y se establece un cupo máximo para su Exportación (SE). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, actualizando las fracciones arancelarias que se dieron a conocer en la publicación del Acuerdo original en el Diario Oficial de la Federación de fecha 5 de octubre de 2017.
    5. Acuerdo que modifica al diverso por el que se sujeta a Permiso Automático previo las Exportaciones de diversas mercancías de Acero (SE). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020 actualizando las fracciones arancelarias a las cuales les aplica esta regulación.
    6. Acuerdo que modifica los diversos mediante los cuales se dan a conocer los cupos de importación y de exportación (SE). Este Acuerdo entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, actualizando 27 Acuerdos mediante los cuales se dan a conocer diversos cupos de importación y de exportación.
    7. Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior (RGCE SE). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, a fin de armonizar el contenido que anteriormente se relacionaba con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte que ahora ha sido sustituido por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), actualizar la denominación de unidades administrativas y las fracciones arancelarias que comprende.
    8. Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la comisión intersecretarial para el control del proceso y uso de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas (CICLOPAFEST). Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020.
    9. Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Este Acuerdo entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, con excepción de algunas fracciones arancelarias relativas a mercancías para prevención y atención de incendios que antes no se encontraban sujetas a estos permisos, para las cuales el Acuerdo entrará en vigor el 18 de enero de 2021.
    10. Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Salud (SSA). Este Acuerdo entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, con excepción de las mercancías y fracciones que se hayan adicionado al Anexo I, o aunque ya estuvieran reguladas, hayan cambiado los términos para su regulación, para las cuales entrará en vigor el 18 de enero de 2021.
    11. Acuerdo que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como la emisión del certificado de origen para la exportación de café (SADER). Este Acuerdo entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, con excepción de las mercancías y fracciones que se hayan adicionado al Anexo I, o aunque ya estuvieran reguladas, hayan cambiado los términos para su regulación, para las cuales entrará en vigor el 18 de enero de 2021.
    12. Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). Este Acuerdo entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020 para armonizar diversas fracciones arancelarias y homologar su lenguaje al de la Ley Aduanera. Se incluyen 57 fracciones arancelarias nuevas y se eliminan otras 3, y en su caso, se modifica la acotación de 132, a fin especificar que solo aquellas especies listadas en CITES, así como aquellas que provienen de la vida silvestre o se encuentran incorporadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010. Asimismo, se regula mercancía conforme a los compromisos internacionales de los cuales México es parte, tales como el Acuerdo Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (IPPC-FAO) consistente en residuos electrónicos a la exportación, según lo establecido por el por Convenio de Basilea sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación.
    13. Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Energía (SENER). Este Acuerdo entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020, con excepción de las mercancías y fracciones que se hayan adicionado al mismo, para las cuales entrará en vigor el 18 de enero de 2021.
    14. Acuerdo que establece las mercancías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Cultura. Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020 para armonizar las fracciones arancelarias que comprende con aquéllas de la TIGIE publicada el 1 de julio de 2020.
    15. Acuerdo que establece un embargo de mercancías para importación o exportación a diversos países, entidades y personas. Entrará en vigor el 28 de diciembre de 2020 para establecer las fracciones arancelarias de las mercancías cuya importación o exportación se prohíbe, abrogando el Acuerdo mediante el cual se establecen medidas para restringir la exportación o la importación de diversas mercancías a los países, entidades y personas que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2012, y sus respectivas modificaciones.

 

En caso de que requieran orientación o asistencia para implementar los cambios previstos en dichos instrumentos, en nuestra Firma, estamos a sus órdenes.